AEST es la Asociación Española para Superdotados y con Talento. Es de ámbito nacional y fue fundada en 1992 para dar servicio a los superdotados y también a sus familias.

Debido también a la creciente demanda de información por parte de psicólogos, pedagogos, pediatras, profesores, orientadores…, AEST también atiende a estos profesionales que depositan su confianza en la asociación.

Desde su creación, AEST lucha de manera totalmente independiente y altruista por la defensa y el reconocimiento de los derechos de los superdotados ante la administración educativa, política y social.

 

 

El alma de AEST son sus socios, de los cuales ocho componen la junta directiva. Ésta se reúne periódicamente para tratar temas de interés y tomar decisiones para el buen funcionamiento de la asociación.

 

Javier Gacimartín González, Colaborador

Somos necesarios 

AEST es necesaria en España porque todavía hoy el tema de la superdotación requiere reconocimiento, divulgación y aceptación. También es precisa una atención específica a la problemática familiar, escolar y social de las personas con alta capacidad

La Asociación informa a quien lo precisa acerca de la superdotación y el talento. También da respuesta a las preguntas más frecuentes que suelen plantearse las personas y familias afectadas por las altas capacidades intelectuales:

¿Qué información existe sobre el tema de la superdotación?

¿Qué hacer ante la sospecha –fundada o no- de un posible superdotado?

¿Qué centros de diagnóstico hay?

El problema de mi hijo es que es un alumno de altas capacidades ¿Y ahora, qué?

¿Hay colegios especializados hay para estos alumnos?

¿A qué instituciones se puede acudir?

¿Qué ayudas económicas existen para la educación diferenciada que necesitan estos niños?…

Asamblea general de socios

Cada año se celebra la asamblea general de socios.

Instrucciones para la autorización de representación y voto

En la asamblea se decide, entre todos, sobre temas de gran importancia y que requieren la máxima representación de la masa social de AEST.

Si no puedes asistir a la asamblea y deseas otorgar tu representación a favor de otra persona que sí asistirá, te adjuntamos un documento para representar tu voto.

Solo tienes que:

Completar el documento de voto representado : poner tu DNI y firmarlo.

Hacer una fotocopia de tu DNI.

Meter documento y fotocopia del DNI en un sobre y enviarlo por correo postal a la sede de AEST

Es importante que lo hagas con antelación suficiente ya que tenemos que recibirlo antes de la Asamblea y a veces las cartas tardan en llegar.

Estas ayudas se deben materializar con programas de enriquecimiento, actividades extracurriculares, aprendizaje de otro tipo de enseñanzas, encuentros, convivencias y campamentos estivales con otros niños de sus mismas características, etc. Todo ello supone una gran necesidad de recursos económicos y de apoyos sociales, tanto de instituciones como de organismos y fundaciones. 

Convenios con la universidad

Desde aquí, dejamos patente nuestro agradecimiento a la Universidad de Córdoba el apoyo y grado de implicación en la educación de los alumnos con altas capacidades, así como la acogida que nos dispensaron, junto con nuestros socios cordobeses, durante nuestra inolvidable estancia en esa bella ciudad.

Universidades

La firma de convenios con universidades, tiene como objetivo estimular a los jóvenes con alta capacidad y paliar la desmotivación que les produce la escuela, dónde en la mayoría de las ocasiones trabajan muy por debajo de sus capacidades, desencadenando el desánimo y a veces, hasta el fracaso escolar.

Así mismo, este contacto anticipado con la universidad supone un considerable beneficio de cara al desarrollo de sus intereses y a su definición vocacional.

Animamos a todas las universidades a contactarnos para obtener más información sobre este proyecto.

Hasta hoy, AEST ha firmado convenios con las siguientes universidades:

Universidad de Castilla-La Mancha

Universidad Politécnica de Madrid

Universidad Pablo de Olavide (Sevilla)

Universidad de Cádiz

Universidad de Córdoba

 

Universidad de Castilla-La Mancha

El 30 de marzo de 2017 AEST firmó un convenio de colaboración con la Universidad Castilla-La Mancha, por el cual la UCLM admitirá a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a las condiciones personales de AACC en calidad de oyentes en las asignaturas que se imparten en la misma, así como en sus cursos de verano. Permitirá asimismo a dichos alumnos la utilización de sus instalaciones y demás servicios necesarios para ello. Más información.

Universidad Politécnica de Madrid

El 4 de Abril de 2008, AEST firmó con la Universidad Politécnica de Madrid, un Convenio General de Colaboración, que permitió realizar cursos preuniversitarios a alumnos superdotados de ESO y BACHILLER.

Gracias a este proyecto, que se llamó ALCIN (Alta Capacidad Intelectual), alumnos superdotados de ESO y Bachiller de cualquier condición social, pudieron asistir gratuitamente a las numerosas actividades contempladas en este convenio: cursos de iniciación y de formación científica preuniversitaria, así como otras acciones como concursos, conferencias, etc.

Universidad Pablo de Olavide (Sevilla)

El 24 de enero de 2002, AEST firmó con la universidad pública de Sevilla Pablo de Olavide, un Convenio General de Colaboración, que entre otras motivaciones, recogía el deseo de ambas instituciones de establecer un marco jurídico e institucional adecuado para impulsar la celebración de actividades formativas de tipo económico, científico, técnico y de investigación en materias de interés común.

Dicho convenio contiene esencialmente las siguientes estipulaciones:

Primera: La Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, admitirá a los alumnos con necesidades educativas especiales (a.n.e.e.) asociadas a condiciones personales de sobredotación intelectual que se determinen, como alumnos oyentes de las asignaturas que se impartan en la misma.

Segunda: La Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, permitirá a dichos alumnos la utilización de sus instalaciones docentes y demás servicios y recursos necesarios para el cumplimiento adecuado del punto anterior.

Tercera: La Asociación Española para Superdotados y con Talento, emitirá un certificado que acredite que el alumno solicitante ha sido diagnosticado como alumno con necesidades educativas especiales (a.n.e.e.) asociadas a condiciones personales de sobredotación intelectual y por tanto, puede acogerse a los dos puntos anteriores.

Podrán beneficiarse de este convenio, todos aquellos alumnos que siendo o no, miembros de nuestra asociación, reúnan los requisitos establecidos al efecto. La tramitación de la documentación necesaria, será efectuada por AEST de manera totalmente gratuita.

La firma de este nuevo convenio, supuso un importante impulso en la atención de estos alumnos, sumándose a los firmados en cursos anteriores con la Universidad de Córdoba y con la Universidad de Cádiz, ratificando de este modo el éxito de nuestra iniciativa.

En el mismo acto, la Universidad firmó otro convenio en términos similares con la Asociación para el Desarrollo y Orientación del Sobredotado de Sevilla (ADOSSE).

Universidad de Cádiz

En junio de 2001, AEST firmó un convenio de colaboración con la Universidad de Cádiz, en términos similares al firmado previamente con la Universidad de Córdoba.

Universidad de Córdoba

El 24 de noviembre de 2000, AEST firmó un convenio de colaboración con la Universidad de Córdoba. Diversos medios de comunicación calificaron esta iniciativa como experiencia pionera en España.

Este convenio permite a los chicos y chicas con necesidades educativas especiales derivadas de su alta capacidad intelectual, asistir como oyentes a cualquier facultad o escuela de la UCO, así como la utilización de todas sus instalaciones y servicios.

La iniciativa de esta colaboración partió de nuestra socia cordobesa Dª Inmaculada Ortiz y del Director de la Escuela Politécnica Superior de la UCO, D. Antonio J. Cubero. Posteriormente, y en vista de lo novedoso e interesante de la propuesta, el Excmo. Sr. Rector Magfco. D. Eugenio Domínguez Vilches, determinó hacerlo extensivo a todas las Facultades y Escuelas de esta Universidad.

Este acontecimiento contó con la presencia de representantes de numerosos medios de comunicación (Canal Sur TV, cadenas COPE y SER de radio, Diario de Córdoba y ABC entre otros), quienes mostraron gran interés, no sólo por la firma del Convenio sino también por las características de los superdotados y su situación en nuestro sistema educativo.

Acreditaciones de AEST

Estatutos nº registro 117085 del registro de asociaciones y entidades

Registros Administrativos, autorizaciones y reconocimientos.

Resolución Nº 10281 de fecha 27 de mayo de 1999 de la Secretaria Técnica de la Conserjería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la inscripción de AEST en el Registro de Acción Social y Servicios Sociales con el número registral E1751.7

Resolución Nº 10206 de fecha 24 de mayo de 1999 de la Secretaria General Técnica de la Conserjería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que previo informe favorable del Instituto Madrileño del Menor y la Familia, se concede AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA para la puesta en marcha del «SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA PARA SUPERDOTADOS Y CON TALENTO». Por la misma resolución, se inscribe el citado Servicio en el Registro de Entidades, Centros y Servicios con el numero registral S1740.

CIF G-80632094

Ayuntamiento de Madrid AEST asociación de interés social inscrita con el número 2828

Asociación AEST, constatación de utilidad pública, entidades ciudadanas Registro 2929

Nuestros fines

El ejercicio del derecho de asociación recogido en el Artículo 22 de nuestra Constitución Española, aglutinando a personas de altas capacidades intelectuales, bien sean con sobredotación intelectual, bien con talentos específicos.

La representación de sus miembros o asociados ante cualquiera de las Administraciones Públicas del Estado, de las Comunidades Autónomas, entidades locales, Organismos Autónomos y demás entes públicos o privados; tanto nacionales, internacionales como de la Comunidad Económica Europea.

Servicio de información, asesoramiento y orientación a la familia, a la infancia y a la adolescencia en materia de altas capacidades intelectuales: establecimiento de los cauces de comunicación e intercambio de información, experiencias, enseñanzas y técnicas entre familias de niños con altas capacidades intelectuales (sobredotación intelectual y talentos).

Servicio de información y orientación a la comunidad educativa y a la sociedad: establecimiento de los cauces de comunicación e intercambio de información, experiencias, enseñanzas y técnicas entre profesores, tutores, orientadores y equipos psicopedagógicos, acerca de las altas capacidades intelectuales.

Solicitar de la sociedad y de la administración educativa el establecimiento de una educación especializada para los niños de altas capacidades intelectuales, bien sea en centros ordinarios, bien sea en centros especializados: especialización del profesorado, especialización de los materiales educativos y especialización de las actividades escolares

Ayudar a las personas de altas capacidades intelectuales a desarrollar su potencial, su creatividad y a relacionarse entre ellos, así como a sus familias.

Intercambiar experiencias acerca de las altas capacidades intelectuales con otras asociaciones nacionales e internacionales.

Participación y organización de conferencias acerca de las altas capacidades intelectuales, así como toda acción o publicación de carácter divulgativa y reivindicativa.

Al amparo de los derechos fundamentales de la persona recogidos en la Constitución Española (Artículos 14 hasta 29); poder instar, seguir y terminar, como actor, demandado, demandante, tercero, coadyuvante, requirente o en cualquier otro concepto; toda clase de expedientes, juicios, y procedimientos, civiles, administrativos, sociales, contencioso – administrativos, económico – administrativos, gubernativos, notariales, de jurisdicción voluntaria y de cualquier otra clase. Interponer y seguir toda clase de recursos contencioso – administrativos, y los de reposición, alzada, reforma, súplica, apelación, injusticia notoria, suplicación, queja, nulidad e incompetencia. Interponer y seguir recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional, así como aquellos extraordinarios de Casación o interés casacional y los extraordinarios por infracción procesal.

Asimismo, otro de nuestros objetivos es continuar concienciando y sensibilizando a la sociedad acerca de las ayudas que estos niños precisan. Ayuda para superar, en la mayoría de los casos, el aburrimiento que les produce la escuela, donde se les ofrece un currículo que presenta pocos desafíos, invitándoles a trabajar por debajo de su nivel y desencadenando el desánimo y el fracaso escolar.

 

Si lo deseas, también te puedes descargar este vídeo que resume los primeros 20 años de AEST.