InicioLa Asociación AESTNuestros Fines

Fines y actividades principales

El ejercicio del derecho de asociación recogido en el Artículo 22 de nuestra Constitución Española, aglutinando a personas de Altas Capacidades Intelectuales, bien sean con sobredotación intelectual, bien con talentos específicos.

La representación de sus miembros o asociados ante cualquiera de las Administraciones Públicas del Estado, de las Comunidades Autónomas, entidades locales, Organismos Autónomos y demás entes públicos o privados; tanto nacionales, internacionales como de la Comunidad Económica Europea.

Servicio de información, asesoramiento y orientación a la familia, a la infancia y a la adolescencia en materia de altas capacidades intelectuales: establecimiento de los cauces de comunicación e intercambio de información, experiencias, enseñanzas y técnicas entre familias de niño/as con Altas Capacidades Intelectuales: (sobredotación intelectual y talentos)

Servicio de información y orientación a la comunidad educativa y a la sociedad: establecimiento de los cauces de comunicación e intercambio de información, experiencias, enseñanzas y técnicas entre profesores, tutores, orientadores y equipos psicopedagógicos, acerca de las Altas Capacidades Intelectuales.

Solicitar de la sociedad y de la Administración Educativa el establecimiento de una educación especializada para los niños y niñas de Altas Capacidades Intelectuales, bien sea en centros ordinarios, bien sea en centros especializados: Especialización del profesorado, especialización de los materiales educativos y especialización de las actividades escolares

Ayudar a las personas de Altas Capacidades Intelectuales a desarrollar sus propias potencialidades, su creatividad y a relacionarse entre ellos, así como a sus familias.

Intercambiar experiencias acerca de las Altas Capacidades Intelectuales con otras asociaciones nacionales, europeas y mundiales.

Participación y Organización de conferencias, simposios, seminarios y charlas acerca de las Altas Capacidades Intelectuales, así como toda acción o publicación de carácter divulgativa y reivindicativa.

Al amparo de los derechos fundamentales de la persona recogidos en nuestra Constitución Española (Artículos 14 hasta 29); poder instar, seguir y terminar, como actor, demandado, demandante, tercero, coadyuvante, requirente o en cualquier otro concepto; toda clase de expedientes, juicios, y procedimientos, civiles, administrativos, sociales, contencioso - administrativos, económico – administrativos, gubernativos, notariales, de jurisdicción voluntaria y de cualquier otra clase. Interponer y seguir toda clase de recursos contencioso – administrativos, y los de reposición, alzada, reforma, súplica, apelación, injusticia notoria, suplicación, queja, nulidad e incompetencia. Interponer y seguir recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional, así como aquellos extraordinarios de Casación o interés casacional y los extraordinarios por infracción procesal.

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